
Logramos que se reconozca la vulneración del derecho al honor por inclusión indebida en ficheros de morosos
Recientemente, conseguimos que se estimara la demanda de un cliente que había sido incluido indebidamente en dos ficheros de morosos, pese a haber saldado la deuda correspondiente. Este hecho le causó graves perjuicios personales y económicos, afectando su reputación, su derecho al honor y sus posibilidades de acceder a ciertos servicios.
El caso en detalle
Según recoge el medio especializado Economist & Jurist en su artículo aquí, nuestro cliente fue incluido en dos registros de morosos por una entidad financiera, pese a haber saldado la deuda. La inclusión en estos registros no solo fue injusta, sino que se prolongó en el tiempo, agravando los daños sufridos.
La Audiencia Provincial de Alicante confirmó el fallo que condenaba a una empresa de recobro a indemnizar con 12.000€ al particular. La sentencia, de 17 de marzo de 2022, tilda de “adecuada” y “proporcional” la indemnización fijada, debido a la “situación de intranquilidad, impotencia, molestias y desasosiego” sufrida por el demandante.
Según el fallo, la demanda vulneró el derecho al honor del demandante al incluir al usuario en un registro de morosos durante casi dos años, incumpliendo los requisitos legalmente establecidos.
En concreto, como resulta de la prueba practicada en la instancia, la deuda que motivó la inclusión se encontraba satisfecha (22 de febrero de 2017) antes incluso de que la empresa demandada incluyese al particular en el polémico registro de morosos (23 de marzo de 2017).
Nuestra visión como abogados expertos
Este caso refuerza nuestro compromiso con la defensa de los derechos de nuestros clientes, especialmente en situaciones de desigualdad frente a grandes entidades.
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